Acuerdo de Convivencia – Nivel Primario

LÍMITES Y SANCIONES

A cada falta le corresponde una sanción acorde a su gravedad. Entendemos por sanción a la instancia que permita la reflexión conjunta sobre el comportamiento inadecuado buscando la modificación de la conducta a partir de la toma de conciencia y la asunción de un compromiso por parte de los estudiantes involucrados. Los estudiantes serán llamados a dialogar ante una situación de comportamiento inapropiado.

Se los ayudará a reflexionar comprometiendo se responsabilidad para buscar su crecimiento personal.

En la determinación del límite se deberá tener en cuenta la intencionalidad, la reiteración y la naturaleza de la acción, según resulte del análisis, serán notificados o no los padres a fin de comunicarles lo sucedido durante la entrevista individual.

Se implementarán estrategias de prevención vinculadas a los mecanismos ya propuestos.

  • Se contextualizarán las trasgresiones de acuerdo con el rol, las circunstancias, la historia institucional y personal y la edad del actor o los actores.
  • Se permitirá la defensa de los actores de la situación conflictiva, que puedan dar su versión, reconocerla, reflexionar sobre el daño y hacerse cargo.
  • Se valorizará el reconocimiento del error, esta puede ser una instancia importante en la modificación de conductas futuras.
  • Se contemplará el apoyo de profesionales especializados para atender la problemática que requiere.

Al otorgarse los recursos mencionados y frente a la repetición de faltas y a la no modificación de las conductas, podrán emplearse las siguientes acciones consecuentes:

Ante situaciones de disciplina, se suspenderá 1 día de la actividad, ante la reiteración, 2 días. Una vez agotadas estas instancias no podrá asistir hasta tanto evidenciar un cambio de actitud. Deberá realizar trabajos que se le indiquen a pesar de la suspensión.

Cuando hacemos referencia a la suspensión de la actividad escolar, el estudiante no podrá participar de las clases, pero tendrá trabajos especiales que garanticen la continuidad de los aprendizajes, teniendo a la docente como referente pedagógica, dentro de la institución.

Las aplicaciones de estas acciones serán supervisadas por los profesores, y por el equipo directivo asegurándose de esta manera la efectividad del mismo.

Las sanciones quedarán consignadas con su respectivo fundamento en un libro de actas institucional y en el cuaderno de comunicaciones.

Todos los estudiantes deberán tener el cuaderno de comunicaciones de la institución que es un documento obligatorio.

ÁMBITO DE LA APLICACIÓN

Dentro de la institución y durante la permanencia o no en la misma. (comedor, por ejemplo).

En las salidas aprobadas por los directivos, donde vayan estudiantes acompañados por docentes.

En todas las actividades que se realicen en algún otro lugar anexo a la institución.

COMPORTAMIENTOS QUE SERÁN EVALUADOS COMO ACTOS DE INDISCIPLINA:

  • L – Leve
  • MG – Medianamente grave
  • G – Grave

La acumulación de una misma falta leve, por tres veces consecutivas o no, equivalen a una medianamente grave. La acumulación de una misma falta medianamente grave por dos veces consecutivas o no, equivalen a una grave.

PUEDE CONSIDERARSE FALTA LEVE:

  • No respetar las normas de convivencia establecidas para los recreos: entrar a los salones, correr, jugar a juegos no permitidos, etc.
  • Emplear vocabulario inapropiado e irrespetuoso (frente a sus compañeros y/o personal de la institución)
  • Salir o entrar en forma incorrecta las escaleras.
  • Permanecer en el gimnasio o hacer uso del material sin la presencia de los docentes.
  • Hacer mal uso de los insumos del baño (papel, jabón)
  • Ensuciar el ámbito escolar (baños, salones, etc.)
  • No asistir con el uniforme correspondiente.
  • Traer objetos de valor: celulares, auriculares, radio, grabadores.
  • Ser irrespetuoso frente a los símbolos patrios.

Puede considerarse FALTA MEDIANAMENTE GRAVE:

  • Falta de atención a las llamadas de atención, rebeldía o reiteración de las mismas.
  • Usar apodos, chismes, chistes de mal gusto, en relación a todos los que conforman la comunidad educativa.
  • Discriminar, molestar, agraviar a compañeros del curso o de otros años.
  • Desvalorizar el trabajo de otros.

Puede considerarse FALTA GRAVE:

  • Mal trato a compañeros, docentes, empleados o directivos de la institución.
  • Falsificación de documentos.
  • Dañar deliberadamente a la institución
  • Participar, encubrir o estimular acciones perturbadoras o fuera de la institución

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